Una vez adoptada, la medida permitirá a las autoridades de un Estado miembro emitir una orden que obligue a las de otro país a continuar ofreciendo protección a una víctima de violencia.
De esta forma, el agresor tendrá prohibido entrar en los lugares donde la víctima reside o los que visita con frecuencia, y no podrá establecer contacto con ella ni en persona, ni por teléfono, ni por correo o email. A su vez, el agresor tendrá que mantener una determinada distancia física respecto a la persona para la que supone un peligro.
Si bien la medida estaba prevista inicialmente para las víctimas de la violencia de género, su efecto se extenderá también a cualquier otra persona amenazada.
Finalmente, la iniciativa es menos ambiciosa que la propuesta originalmente por el Gobierno español, ya que sólo incluye las órdenes de protección dictadas en procedimientos penales y deja fuera las basadas en la legislación civil. Estas últimas quedarán cubiertas por un reglamento propuesto por la Comisión en mayo de 2011 y que todavía está pendiente de aprobación.
La euroorden todavía tiene que obtener el visto bueno de la Eurocámara para su adopción rápida por parte del Consejo.
EurActiv.com
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