Este foro, organizado en el marco de la Presidencia Española de la UE, fue inaugurado por el ministro español de Trabajo, Celestino Corbacho, y el comisario europeo de Asuntos Sociales e Inclusión, el húngaro László Andor.
El comisario se comprometió a presentar en el plazo de un año una propuesta legislativa que modifique o complemente la directiva europea que desde 1996 regula este tipo de desplazamientos.
Generalmente, este tipo de movimientos laborales, en particular en los sectores de la construcción, transporte y agricultura, se suele producir desde países con menor nivel de riqueza hacia otros con un mayor nivel de vida.
Maravillas Rojo indicó en conferencia de prensa que hay que tener en cuenta la situación de cada país y la posibilidad de aplicar en determinados casos convenios bilaterales para garantizar tanto la movilidad de los trabajadores como los derechos sociales y laborales fundamentales.
La secretaria de Empleo española incidió en que en estas jornadas de trabajo se abordó qué tipo de legislación laboral, qué salarios y qué convenios hay que aplicar a los trabajadores de un país cuyas empresas prestan temporalmente servicios en otro.
Rojo reconoció que el tema no es fácil, pues hay que garantizar la libertad y movilidad de empresas, capitales y servicios a la vez que la libertad y movilidad de los trabajadores y el talento.
La directiva comunitaria sobre desplazamiento de trabajadores tiene lagunas legales que afectan especialmente a los países en los que no hay legislación sobre salario mínimo o convenios colectivos de eficacia general, y ha sido objeto de tres sentencias con interpretaciones divergentes.
En ellas se evidencia, según Rojo, que hay determinadas empresas que han optado por aplicar la legislación del país de procedencia en el de destino.
Euractiv.com
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